Acuerdo de Asociación Económica entre México y Japón (AAEMJ)


Fue firmado el 17 de septiembre de 2004 y entró en vigor a partir del 1 de abril de 2005. Según las fuentes oficiales de los dos países, la importancia del AEEMJ es la construcción de “la asociación estratégica que se extiende en el Océano Pacífico en una nueva época” (Gaimusho: Ministerio de Asuntos Exteriores del Japón 2004), la cual consolidará las actividades bilaterales de comercio, inversión y cooperación económica mediante el mejoramiento del ambiente de negocios, educación y capacitación laboral, apoyo para las pequeñas y medianas empresas (PyMEs), etcétera, y aprovechará asimismo la complementariedad bilateral.


CONTENIDO DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA 
MÉXICO-JAPÓN.
El AAEMJ no sólo es un instrumento comercial pues, además de los componentes de un  tratado de libre comercio, incluye disposiciones relativas a cooperación bilateral que  permiten a México aprovechar de mejor manera la liberalización y apertura de los  mercados de bienes, servicios y capitales. 

ASPECTOS PRINCIPALES DEL  ACUERDO DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA MÉXICO-JAPÓN  TRATADO DE LIBRE COMERCIO.
(disposiciones comerciales) 

COOPERACIÓN BILATERAL 
− Acceso a mercados de bienes 
− Reglas de origen 
− Certificado de origen y procedimientos aduaneros 
− Normas sanitarias y fitosanitarias 
− Normas, reglamentos técnicos y procedimientos de la evaluación de la conformidad 
− Salvaguardias 
− Inversión 
− Servicios 
− Compras gubernamentales 
− Competencia 
− Solución de controversias 
− Industria de soporte 
− Pequeñas y medianas empresas 
− Promoción del comercio y la inversión 
− Ciencia y tecnología 
− Educación y capacitación laboral 
− Turismo 
− Agricultura 
− Propiedad intelectual 
− Medio Ambiente 
− Mejoramiento del ambiente de 
negocios .

No hay comentarios:

Publicar un comentario